Comunicado de la Asociación de Descendientes del Exilio Español sobre la Ley de la Memoria Histórica
COMUNICADO DE LA ASOCIACIÓN DE DESCENDIENTES DEL EXILIO ESPAÑOL SOBRE PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE RECONOCEN Y AMPLÍAN MEDIDAS A FAVOR DE QUIENES PADECIERON PERSECUCIÓN O VIOLENCIA DURANTE LA GUERRA CIVIL Y LA DICTADURA
1. Saluda el envío al Congreso de los Diputados, en respuesta al mandato parlamentario, de los informes sobre la situación de las víctimas de la guerra civil y la dictadura, después de haber consultado la Comisión Interministerial a las asociaciones y a los familiares de las personas afectadas.
2. Asimismo felicita la remisión a las Cortes de un Proyecto de Ley.
3. El Proyecto de Ley es un primer paso del proceso de rescate de la Memoria de la Libertad y la Democracia española y de quienes lucharon, murieron y fueron víctimas del levantamiento militar, de la complicidad nazi-fascista y de la dictadura posterior.
4. Corresponde ahora a los grupos parlamentarios en el Congreso de los Diputados encontrar un amplio consenso para profundizar, mejorar y completar las numerosas carencias, indefiniciones y temas abiertos. de la iniciativa.
1. El reconocimiento moral del Exilio español.
2. La declaración de víctimas del franquismo de los exiliados y sus descendientes y el reconocimiento jurídico del Exilio español.
3. La nacionalidad española de origen de los hijos y nietos de los exiliados políticos españoles, nacidos en el extranjero, modificando el Código civil en materia de nacionalidad y se declare que quienes adquirieron otra nacionalidad, obligados por circunstancias excepcionales, no perdieron voluntariamente la española porque lo necesitaron para protegerse de la persecución política.
4. La convalidación de los estudios realizados en otros países como medida necesaria para facilitar el retorno.
5. La inclusión de los niños evacuados a otros países (incluyendo México), en el Proyecto de Ley por la que se reconoce una prestación económica a los ciudadanos de origen español desplazados al extranjero, durante su minoría de edad, como consecuencia de la Guerra Civil.
6. La dignificación de la memoria de los exiliados políticos españoles que se incorporaron a la Resistencia contra el fascismo en Europa y sufrieron la represión, la deportación y el exterminio en los campos .
7. La ordenación y digitalización de los archivos que guardan fondos relacionados con la diáspora republicana y la II República en el exilio.
8. Investigaciones oficiales necesarias para establecer el esclarecimiento de la verdad y definir las medidas de reparación a los sufrimientos por las condenas de los Tribunales Militares y del Tribunal de Responsabilidades políticas, y la suerte de los exiliados políticos españoles en los campos de exterminio nazis, la Repatriación de Menores hijos de los presos políticos, la persecución y explotación de los vencidos por medio del trabajo forzado o esclavo en empresas y en obras públicas del Estado.
a. Fueron incluidas todas las personas y de todos los países que había solicitado, en la Ley por la que se reconoce una prestación económica a los ciudadanos de origen español desplazados al extranjero, durante su minoría de edad, como consecuencia de la Guerra Civil.
b. La memoria de los exiliados políticos españoles que se incorporaron a la Resistencia contra el fascismo en Europa y sufrieron la represión, la deportación y el exterminio en los campos han ido siendo recordados y dignificados en actividades como la presencia y palabras del Presidente del Gobierno español en los actos conmemorativos de la Liberación del campo de Mauthausen y en el acto de Estado sobre el Holocausto organizado en enero 2006.
c. El exilio en México y la memoria del Gral. Lázaro Cárdenas fue motivo de conmemoración en el otoño 2005, entre otros, por el grupo municipal socialista, el Ayuntamiento de Madrid, el Ministerio de Cultura y la Universidad Complutense de Madrid.
d. Los archivos que guardan fondos relacionados con la diáspora republicana y la II República en el exilio han sido motivo de convenios y actuaciones de recuperación por el Ministerio de Cultura.
a. Que entre los requisitos para la concesión de la nacionalidad española a los brigadistas internacionales ya no se exija la renuncia a su nacionalidad de origen.
b. Las indemnizaciones previstas por los fallecimientos de personas ocurridos durante el período comprendido entre el 1 de enero de 1968 y el 6 de octubre de 1977, en defensa y reivindicación de las libertades y derechos democráticos; la ampliación de derechos a los familiares de quienes fallecieron como consecuencia de heridas o lesiones de guerra, o fueron víctimas de otras consecuencias bélicas o por actuaciones u opiniones políticas y sindicales; el aumento de las pensiones de los huérfanos, congeladas desde 1981, la exención del IRPF y la compensación a las personas que hubieran tributado por las indemnizaciones;
c. La indemnización a quienes sufrieron privación de libertad en Batallones Disciplinarios y a sus cónyuges.
d. El reconocimiento general y solemne sobre la injusticia de las condenas, sanciones y cualquier forma de violencia personal, durante la Guerra Civil es un paso importante del proceso de reparación. Sin embargo, pensamos que esta medida no debe estar sometido a un plazo temporal por las dificultades que tendrán los familiares para estar informados y recabar la documentación necesaria.
e. Dicho reconocimiento debería dar paso a la proclamación de un Día oficial de la Memoria en el que se reconozca, rehabilite y se rinda homenaje en un acto institucional y público a quienes murieron y sufrieron por la defensa de la Libertad.
f. Si bien se dice en el proyecto de Ley que podrán preverse subvenciones para la confección de censos de edificaciones y obras públicas realizadas por prisioneros en campos de concentración, Batallones de Trabajadores y prisioneros en Colonias Penitenciarias Militarizadas pedimos que la ley defina previamente los Lugares de Memoria de aquel momento histórico y adopte medidas para la catalogación, dignificación y conservación de todos sus espacios geográficos (fosas, lugares de fusilamiento, cementerios, etc.).
g. Respecto a la localización de personas desaparecidas considera insuficiente que se encargue tan sólo a las asociaciones y que las Administraciones Públicas limiten su intervención responsable a la autorización administrativa y a facilitar las actividades a través de subvenciones.
h. En cuanto al Artículo 17., sobre los símbolos y monumentos públicos, rechaza contundentemente que deben retirarse sólo cuando exalten a uno solo de los “bandos enfrentados” o se identifiquen con el régimen franquista. Situar en la misma consideración la simbología de los defensores de la Libertad con la de quienes actuaron contra la legalidad constitucional es una afirmación inmoral en un régimen democrático.
i. Las medidas propuestas para el futuro de l Valle de los Caídos son claramente timoratas e insuficientes, mientras se mantengan en ese lugar, real y simbólicamente, las tumbas del funesto dictador y del dirigente de Falange española.
a. La recuperación de la nacionalidad española de origen de los hijos de los exiliados.
b. Pedimos que se elimine la definición de “bando” para calificar a los defensores de la legalidad institucional.
c. La garantía en el texto de la continuidad institucional de los objetivos de Memoria así como un mecanismo de consulta y seguimiento de las organizaciones sociales y representativas de las víctimas que a lo largo de los años han trabajado a favor de la Memoria de la Libertad.
d. La anulación de todos los juicios penales y militares, porque fueron arbitrarios e ilegales, y la declaración de nulidad de todas las acciones represivas con valor jurídico del régimen franquista.
i. No aceptamos los argumentos jurídicos en contra de esta medida que se han afirmado vagamente hasta ahora. Queremos conocer y por ello pedimos que se hagan públicos, en el Congreso de los Diputados, para conocimiento de las asociaciones, los contenidos de los informes jurídicos de los diversos organismos del Estado que han llevado al Gobierno a considerar las sentencias como “cosa juzgada” y a la opinión, a nuestro juicio equivocada, de que la nulidad de los juicios sumarísimos implicaría “inseguridad jurídica”.
ii. Pedimos que el Congreso de los Diputados pida un informe a juristas independientes de reconocido prestigio.
e. La supresión del apartado 3 del art. 25 sobre el acceso y consulta de los archivos porque es una limitación a la libre investigación, impropia de un régimen democrático, y significa, al limitar la posibilidad de su consulta más allá de los cincuenta años “a partir de la fecha de los documentos”, establecido en el art. 57, apdo. c., una modificación de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. La indagación histórica y el derecho de los familiares de las víctimas a conocer la verdad no afecta a materias clasificadas, de acuerdo con la Ley de Secretos Oficiales, ni la difusión de sus contenidos entraña riesgos para la seguridad y la defensa del Estado o a la averiguación de los delitos, por otro lado ya prescritos (Decreto-Ley de 31 de marzo de 1969, por el que se declara la prescripción de todos los delitos cometidos con ocasión de la Guerra Civil (BOE 1º de abril) o amnistiados.
f. El reconocimiento de la Deportación y la Resistencia durante la II Guerra Mundial y de la guerrilla antifranquista.
Madrid, 30 de Julio 2006
www.exiliados.org
1 Comments:
Ante el "Proyecto de Ley aprobado por el gobierno por el que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de las personas que padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la dictadura franquista", la Plataforma de Ciudadanos por la República quiere expresar públicamente su posición:
1º Desde una posición democrática y defensora de la dignidad colectiva del pueblo español, el contenido de la Ley resulta completamente ofensivo e indecente.
2º La Ley propuesta practica una equidistancia moral indeseable hacia quienes lucharon en defensa de la República Española, desde cualquier posición ideológica o moral pero siempre en defensa del gobierno democráticamente constituido, y quienes lo hicieron para aplastar las libertades e implantar una sangrienta dictadura.
3º La Ley propuesta olvida deliberadamente la legislación internacional que considera no prescritos los crímenes de guerra y contra la humanidad con los que el régimen franquista logró imponerse ilegítimamente sobre territorio nacional gracias a la ayuda de la Alemania Nazi y la Italia fascista como reconoció la Asamblea General de la onU en su declaración de 1946.
4º La Ley propuesta considera un problema individual y no colectivo la lucha por la restitución moral de los injustamente condenados, exigiendo a los ya escasos supervivientes pasar por un nuevo juicio y a reunir por sus propios medios la documentación probatoria. Esta propuesta entraña un desprecio y una crueldad simbólica incomprensible que sólo podemos rechazar con la máxima energia. Lo que procede es lisa y llanamente la anulación plena de los juicios por ser ilegítima la autoridad que los conformó.
5º La Ley propuesta implica un reconocimiento explícito de la Legalidad nacida de la aplicación del Terror Fascista y protege los nombres de los verdugos. Al mismo tiempo considera como crímenes las acciones legales llevadas a cabo por los Tribunales republicanos en aplicación de la Ley contra los golpistas. En suma, la Ley propuesta por el gobierno es lisa y llanamente una ley franquista.
6º La Ley propone la ampliación de ayudas y derechos económicos a diversos colectivos que no fueron plenamente incluidos en leyes anteriores. Este hecho implica reconocer el insuficiente alcance de las Leyes anteriores, lo que constituye un avance, sin duda, pero el contenido de la Ley no afronta el problema. Igualmente renuncia esta Ley a sancionar a las empresas y particulares que see nriquecieron con el trabajo esclavo de cientos de miles de prisioneros politicos, de forma que las ayudas económicas saldrán exclusivamente del bolsillo de los contribuyentes. La Ley no devuelve su patrimonio a los cientos de miles de españoles perseguidos por sus ideas democráticas despojados por las incautaciones, multas y robos amparados por leyes injustas, tribunales ilegítimos y sentencias aberrantes.
7º La Ley contempla la retirada de aquellas placas conmemorativas que pertenezcan únicamente a un bando, lo que puede significar que las numerosas placas colocadas con gran esfuerzo en recuerdo de los defensores de la República y de los asesinados por el fascismo podrían ser retiradas legalemente. El tratamiento del problema representado por el Valle de los Caídos coincide con el otorgado por el propio régimen franquista, que en su propaganda pretendía presentarlo como un monumento que hermanaba a las víctimas, olvidando el horror de su construcción y la glorificación del golpe y la guerra que fundaron el régimen y está perpetuado en sus murales y paredes.
8º La Ley no contempla ninguna acción que impida y persiga la negación del genocidio franquista y el carácter criminal del estado impuesto a través del Golpe del 18 de Julio y la Guerra Civil que lo implantó. Por el contrario, infama a la IIª República Española, asumiendo los criterios revisionistas de quienes hoy en día condenan a aquella y justifican la Dictadura franquista.
9º La Ley abre el camino a la ocultación de archivos y a la destrucción de pruebas que contribuyan a documentar legalmente las dimensiones del genocidio. Particularmente grave es el tratamiento dispensado a las inhumaciones de fosas comunes, donde se aboga por su realización sin tutela judicial y forense lo que es contrario a todo derecho cuando no complicidad en la ocultación de pruebas.
En suma, rechazamos la Ley propuesta y pedimos a todas las fuerzas políticas presentes en las Corte y a todos los diputados y diputadas que participen de valores democráticos y rechazen de corazón cuanto significó el régimen franquista, que voten la devolución de la Ley.
Pedimos al gobierno y al partido que lo apoya que tengan el valor de reformular la Ley sobre la base de la Legislación Internacional de Derechos Humanos, sobre el Derecho emanado de los Juicios de Nüremberg y que ponga fin a la Impunidad de los Crímenes del Fascismo franquista.
Exigimos se tenga en cuenta la posición e indicaciones de organizaciones como Amnistía Internacional y el Equipo Nizkor.
A toda la sociedad civil, a los partidos, a las asociaciones ciudadanas, pedimos expresen su rechazo abiertamente y que realicen cuantos actos de desobediencia civil pacífica sean precisos hasta la retirada del`proyecto.
PLATAFORMA DE CIUDADANOS POR LA REPÚBLICA
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